Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto en el art. 36.5 de la Ley N° 1715 y la parte in fine del art. 333 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a la materia por mandato expreso del art. 78 de la Ley N° 1715 y en concordancia con la Disposición Final Tercera de la Ley N° 439, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de Nulidad del Título Ejecutorial cursante de 41 a 49 de obrados de obrados, interpuesto por Joaquín Nieves Benitez, Eugenia Estanis Tejerina Limachi, Demetria Pérez Sánchez, Nilsa Tolaba Perez, Amalia Limachi, Justo Teofilo Barrientos Valencia y Elva Nieves Barrientos.
Regístrese, notifíquese y archívese.
