Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal
Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, con la
facultad contenida en el art. 36.4 de la Ley Nº 1715, modificada por la Ley Nº
3545 y conforme a lo dispuesto por el art. 353 del Código Procesal Civil,
aplicado a la presente causa por el régimen de supletoriedad establecido en el
art. 78 de la Ley N° 1715 RECHAZA el incidente de recusación interpuesto por
Trinidad Aguilera Guerra, Cedonia Guerra Pérez Vda. de Aguilera y Segundo
Aguilera Guerra contra Rocío Serrano Carvajal - Jueza Agroambiental de
Monteagudo del departamento de Chuquisaca, debiendo dicha autoridad continuar
con el trámite del proceso.
Regístrese
y notifíquese.-
Fdo.
RUFO
NIVARDO VASQUEZ MERCADO MAGISTRADO
SALA PRIMERA
GREGORIO
ARO RASGUIDO MAGISTRADO
SALA PRIMERA
- Encabezado
- Antecedentes Procesales
- Antecedentes Procesales: Que, dentro del proceso de Incidental sobre cobro de honorario profesional dentro una Medida Preparatoria de Conciliación, interpuesto por el abogado Ivan Carlos Ohxa Chávez contra Cedonia Guerra Pérez Vda. de Aguilera, Trinidad Aguilera Guerra y Segundo Aguilera Guera, quienes presentan memorial cursante a fs. 09 y 10 del legajo de recusación, mediante el cual plantean incidente de recusación contra Rocío Serrano Carvajal
- Fundamentos Juridicos
- Por Tanto 1
