Por Tanto 1
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, de conformidad al art. 203 de la CPE y el art. 15.I del Código Procesal Constitucional y en cumplimiento a lo dispuesto en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0804/2023-S2 de 21 de agosto, deja sin efecto la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2a N° 057/2022 de 18 de octubre, quedando firme y subsistente la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2a N° 70/2021 de 02 diciembre.
Habiéndose producido las renuncias de las Magistradas Ángela Sánchez Panozo y Elva Terceros Cuellar, que dieron lugar a la consecuente reconformación de Salas, la suscrita magistrada Presidente de la Sala Primera, CONVOCA al único Magistrado habilitado de la Sala Primera Rufo Nivardo Vásquez Mercado, para conformar Sala, a objeto de la suscripción del presente Auto y continúe la tramitación procesal de la causa, en función al principio de celeridad procesal y servicio a la sociedad consagrados en el art. 178 de la CPE, y lo determinado en la Declaración Constitucional Plurinacional 49/2023 de 11 de diciembre de 2023.
Regístrese, notifíquese y archívese.
