Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en mérito a la facultad conferida por los arts. 189-I de la C.P.E., 4-I-2) de la L. N° 025, 87-IV de la L. N° 1715 modificada por la L. N° 3545 y 13 de la L. N° 212 y en virtud de la jurisdicción y competencia que por ley ejerce:
- CASA la Sentencia N° 07/2016 de 31 de agosto de 2016 de fs. 198 a 204 y deliberando en el fondo, DECLARA PROBADA la demanda de reivindicación seguida por Honorata Loayza Avalos contra Miguelina Céspedes Alvarado y Leonardo Rodas Rojas, debiendo restituirse el predio objeto de litis a la ahora recurrente, con costas.
- En ejecución de sentencia, conforme a los datos del proceso, la autoridad jurisdiccional deberá otorgar, a los demandados, un tiempo prudente a efectos de que retiren sus mejoras, debiendo considerar los ciclos de siembra y cosecha y las características de la infraestructura cuya titularidad les corresponde bajo alternativa de que, en caso de no procederse en ese sentido, las mismas, al solo vencimiento del plazo, quedaran consolidadas (automáticamente) a favor de la parte actora.
Sin responsabilidad por ser excusable el error.
El Magistrado Dr. Bernardo Huarachi Tola es de voto disidente.
Regístrese, notifíquese y devuélvase .
Fdo.
Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo.
Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco.
