Que mediante Auto Interlocutorio Nº 74/2006, emitido en Audiencia cuya Acta cursa de fs. 12 a 17, la autoridad recusada, expresa no excusarse ni allanarse a la demanda.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Que mediante Auto Interlocutorio Nº 74/2006, emitido en Audiencia cuya Acta cursa de fs. 12 a 17, la autoridad recusada, expresa no excusarse ni allanarse a la demanda.

Fecha: 07-Nov-2006

Considerando 2

CONSIDERANDO: Que el Juez Agrario recusado, Dr. Roque Armando Camacho Negrete, en su informe de fs. 34, indica que la audiencia de conciliación fue llevada a cabo el día 11 de octubre de 2006 y conforme señala el Art. 183 del Cód. Pdto. Civ., las opiniones emitidas por el Juez en la audiencia de conciliación no son causas de excusas ni de recusación y además que la supuesta manifestación de justicia o injusticia habría sido durante el proceso, precisamente en la audiencia de conciliación, argumentos por lo que se emitió el Auto Interlocutorio Nº 74/2006.