POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, con la facultad conferida por los Arts. 186 y 189-2) de la C.P.E. y 36-2 de la Ley N° 1715, administrando justicia en única instancia, en virtud de la jurisdicción y competencia que por ella ejerce, FALLA declarando IMPROBADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 42 a 46 vta., de obrados y memoriales de subsanación cursantes de fs. 78 a 81, de fs. 86 a 87 vta., de fs. 91 a 92 vta., y de fs. 96 a 97, interpuesta por María del Rosario Hervarey en representación legal de Julia Orozco Fuentes, consecuentemente, queda subsistente el Título Ejecutorial N° PCM-NAL-000047 de 18 de abril de 2011, respecto a la propiedad denominada OTB "URIOSTE NORTE PARCELA 118", con una superficie de 0.5775 Hectáreas.