POR TANTO
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, administrando justicia en única instancia, en virtud de la jurisdicción y competencia, conferida por los arts. 7, 186 y 189.2 de la CPE, 36.2 de la Ley N° 1715, modificada parcialmente por la Ley N° 3545, arts. 11, 12 y 144.2 de la Ley N° 025, FALLA declarando:
1.- IMPROBADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial interpuesta por, Conrado Gonzales Rojas y Adrian Gonzales Rojas, cursante de fs. 45 a 49 y memoriales de subsanación de fs. 54 vta., 64 vta., 167 a 168, 173 vta. y 179 vta. de obrados; en consecuencia queda FIRME Y SUBSISTENTE el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-763308 de 27 de octubre de 2017, correspondiente a Adelaida Gonzales Paulo.
2.- Notifíquese a las partes, a los Terceros Interesados y al INRA con la presente Sentencia; y procédase a la devolución de los antecedentes remitidos por el INRA, en el plazo máximo de 30 días, debiendo digitalizarse la carpeta predial de saneamiento.
Regístrese, notifíquese y archívese.-
Fdo.
Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda
Rufo N. Vásquez Mercado Magistrado Sala Segunda