III. POR TANTO
La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, impartiendo justicia en única instancia, en uso de sus atribuciones y competencias que le otorga los arts. 186 y 189-2) de la Constitución Política del Estado y el art. 36-2 de la Ley N° 1715, FALLA declarando IMPROBADA la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 28 a 34 y subsanación de fs. 40 de obrados, interpuesta por Basilia Alarcón Muñoz de Cuico y Cirilo Cuico Alarcón, representados por Luis Alberto Arratia Jiménez; declarándose en consecuencia firme y subsistente, con todos sus efectos legales, el Título Ejecutorial Colectivo N° PCM-NAL-017533 de 14 de marzo de 2017, con costas.
Regístrese, comuníquese y archívese .
Fdo.
Gregorio Aro Rasguido Magistrado Sala Segunda
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Segunda
