Encabezado
SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL N° S1a N° 52/2022
Expediente: N° 2199/2016.
| Proceso: Contencioso Administrativo. |
| Partes: Marcos Rodríguez Encinas por sí y en representación de Felipa Rodríguez Vargas, Adriana Ríos Rocha de Pérez, Cristina Vallejos Vela de Ríos, Albina Quispe de Molina, Máxima Rodríguez de Portuguez, Benedicto Montaño Guamán, María Irene Molina Saavedra, Gregorio Molina Quinteros, Fortunato Jove Rojas, Natividad Rojas de Alejo, Oscar Francisco Ríos Rodríguez, Francisco Encinas Terrazas y Eugenia Rodríguez Encinas de Molina contra el Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria. |
| Predios: "Comunidad Águila Rancho y otros". |
| Distrito: Cochabamba. |
| Fecha: Sucre, 19 de septiembre de 2022. |
| Magistrada relatora: Elva Terceros Cuellar. |
| La demanda contenciosa administrativa, cursante de fs. 193 a 202 vta., y memoriales de subsanación cursante de fs. 225 a 227, 231 a 232, 235 vta., 240 vta., y 243 vta. de obrados, interpuesta por Marcos Rodríguez Encinas por sí y en representación de Felipa Rodríguez Vargas y otros, contra el Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), impugnando la Resolución Administrativa RA-SS N° 1453/2016 de 07 de junio de 2016, emitida dentro del proceso de Saneamiento Simple de Oficio (SAN SIM), respecto al polígono N° 103, de los predios denominados "Comunidad Águila Rancho-Comunidad Campesina Pampa Grande Parcelas 255 y 256; Irene, Benito, Francisco, Oscar, Albina, Jacinta, Natividad, Cristina, Damiana, Eugenia, Felipa, Máxima, Gregorio, Adriana, Marcos, Fortunato; OTB Comunidad Águila Rancho y Tierra Fiscal", ubicados en el municipio de Quillacollo, provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, que en lo pertinente resolvió dotar a la Comunidad Campesina Pampa Grande, la superficie de 2.5707 ha; Transferir a Título Gratuito y en forma definitiva a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo, en una superficie de 0.0188 ha; declarar la ilegalidad de la posesión de los predios ubicados en el municipio de Quillacollo, en la superficie de 4.1492 ha y declarar dicha superficie como Tierra Fiscal, disponiéndose el desalojo en la misma. |
