CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de amparo a fs
VISTOS: En revisión la Resolución de fs.85-86 pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito de La Paz, dentro del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Julieta Ramos vda. de Lema contra el Alcalde Municipal de La Paz y Concejo del mismo Municipio representado por su Presidenta Lupe Andrade y Alfonso Gozálvez Sologuren; los antecedentes, el dictamen del señor fiscal de Sala Suprema de fs. 94, y
CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de amparo a fs. 29-30, se realiza la audiencia pública respectiva, cuya acta cursa a fs. 80-84, pronunciándose luego la Resolución de fs. 85-86 que declara procedente el recurso en lo referido a que la Alcaldía Municipal de La Paz debe abstenerse de compensar terrenos a terceros con aquellos de propiedad de la recurrente, en tanto concluya el trámite de su expropiación e improcedente respecto a otros aspectos demandados en el recurso
- AUTO SUPREMO No. 031- Amparo Sucre, 13 de enero de 2001
- PARTES: Julieta Ramos Vda. de Lema c/ Alcalde y Concejo Municipal de La Paz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de amparo a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes y el informe prestado por la autoridad recurrida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 13 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
