CONSIDERANDO: Que planteada la reclamación a fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 179-180, interpuesto por José Luis Pérez Ordoñez, en representación de la Dirección de Pensiones, contra el Auto de Vista de fs. 168, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de Justicia de La Paz, en el proceso coactivo social sobre reclamación de rectificación de la Resolución Nro. 011923, de 15 de septiembre de 1997, confirmada por la Resolución Administrativa Nro. 113/99, de 12 de agosto de 1999, seguido por Hugo Poppe Entrambasaguas contra la institución recurrente; los antecedentes del proceso, dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 189, y
CONSIDERANDO: Que planteada la reclamación a fs. 141-142, la Comisión de Reclamación de la Dirección General de Pensiones de la ciudad de La Paz, dictó la Resolución Administrativa Nro. 113/99, de 12 de agosto de 1999, CONFIRMANDO la Resolución Nro. 011923, de 15 de septiembre de 1997. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista de fs. 168 REVOCO la Resolución Nro. 113/99, disponiendo se efectúe nueva Calificación de Renta de Vejez a favor del Dr. Hugo Poppe Entrambasaguas, conforme al Convenio de fecha 15 de enero de 1997, suscrito con FONPEJ, fallo que motivó el recurso de casación que se pasa a analizar
- AUTO SUPREMO No. 063-C.Social Sucre, 31 de enero de 2001
- PARTES: Hugo Poppe Entrambasaguas c/ Fondo de Pensiones Básicas FOPEBA
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la reclamación a fs
- Consecuentemente, el recurrente no cumplió con el mandato del art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 31 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
