POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la L.O.J., de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 153 y en conformidad con lo establecido por el inc. 1º) del art. 307 del Cód. Pdto. Pen., declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 149 de obrados
- CONSIDERANDO: Que de la revisión del proceso, se tiene que el recurso de casación incoado
- Que, en el caso que se examina, el representante del Ministerio Público que ostenta el
- Por consiguiente, ante la anómala e irregular forma de plantear el recurso de casación, sin
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
