Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0585/2001 Fecha: 14-Nov-2001 Que en consecuencia el tribunal ad quem al pronunciar el Auto de Vista impugnado ha Que en consecuencia el tribunal ad quem al pronunciar el Auto de Vista impugnado ha enmarcado sus actos, dentro de los cánones vigentes en esta materia CONSIDERANDO 2 3 Que por tal razón la valoración de los elementos de juicio es incensurable en casación Que en consecuencia el tribunal ad quem al pronunciar el Auto de Vista impugnado ha POR TANTO RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada Regístrese y devuélvase 1