Auto Supremo AS/0589/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0589/2001

Fecha: 14-Nov-2001

En cuanto a la anulación requerida por el Ministerio Público por incumplimiento con lo establecido


En cuanto a la anulación requerida por el Ministerio Público por incumplimiento con lo establecido en el art. 286 del Código de Procedimiento Penal, cabe señalar que el tribunal de alzada por proveído de fs. 167 vlta., conminó a los apelantes fundamentar sus recursos de alzada, no habiendo cumplido el procesado no obstante su legal notificación, por consiguiente no se ha vulnerado su legítimo derecho de defensa, no siendo necesaria la anulación requerida, además no existe modificación toda vez el procesado recurrió de casación a fs. 172-173