Auto Supremo AS/0608/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0608/2001

Fecha: 15-Nov-2001

CONSIDERANDO: Que en la demanda de responsabilidad civil seguida por Jaime Iriarte Angulo dentro del

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 608 Sucre 15 de noviembre de 2001

DISTRITO : Cochabamba

PARTES: Jaime Iriarte Angulo c/ Juan Arteaga Alba, giro de cheque en descubierto

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García




VISTOS: El recurso de casación de fs. 803 - 808 interpuesto por Jenny Calderón Aldunate, abogado defensor de oficio de Juan Arteaga Alba, impugnando el Auto de Vista de fs. 801 y vlta. pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, en la demanda de responsabilidad civil emergente del proceso penal que por los delitos de giro de cheque en descubierto y apropiación indebida siguió Jaime Iriarte Angulo contra Juan Arteaga Alba; sus antecedentes, el requerimiento del fiscal de fs. 813- 814, y

CONSIDERANDO: Que en la demanda de responsabilidad civil seguida por Jaime Iriarte Angulo dentro del fenecido y ejecutoriado proceso penal, que por los delitos de giro de cheque en descubierto y apropiación indebida siguió contra el recurrente y tramitada la causa de acuerdo a lo señalado por los arts. 327 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el Juez Segundo de Partido en lo Penal de la ciudad de Cochabamba a fs. 786-787 dicta sentencia, calificando la responsabilidad civil que debe cancelar Juan Arteaga Alba, en la suma de ciento quince mil trescientos setenta y cinco dólares americanos ($us.115.375.-), o su equivalente en moneda nacional al tipo de cambio vigente a momento de efectuarse el pago y sea a favor de Jaime Iriarte Angulo a tercero día hábil de su notificación por edicto con la parte resolutiva de esta sentencia