Auto Supremo AS/0268/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2001

Fecha: 14-Dic-2001

Por otra parte, si bien el recurso de nulidad de fs


Por otra parte, si bien el recurso de nulidad de fs. 41-42, fue suscrito por el Abogado Manuel Montajo Rojas, con registro del Colegio de Abogados Nro. 1281, empero, el mismo, no salva la infracción citada, por cuanto este extremo quedó ratificado en la afirmación "adjunto fotocopia de certificación de registro en el Colegio de Abogados del Distrito de La Paz de los abogados actuales. Protestando presentar en original a la brevedad posible" incursa en el Otrosí del memorial del recurso, protesta que por una parte no fue cumplida y por la otra demuestra desconocimiento al mandato del inciso 3) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, que impone la prohibición de presentar nuevos documentos. Consecuentemente, el Tribunal Ad quem obró con legalidad, sin ser ciertas las infracciones que acusa el recurso, imponiéndose la aplicación del art. 273 del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo