CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en la forma interpuesto por la Administración de Aduanas,
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en la forma interpuesto por la Administración de Aduanas, arguye que la A quo no resolvió la excepción de falta de competencia planteada y en su lugar, procedió a analizar y resolver sobre el fondo mismo de la causa, en clara violación -indica- de los artículos 214, 238 - 241 del Código Tributario
- AUTO SUPREMO No. 085-C. Tributario Sucre, 16 de marzo de 2001
- PARTES: Hernán Velásquez Montenegro c/ Dirección General de Aduanas
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, la demanda contencioso tributaria de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación en la forma interpuesto por la Administración de Aduanas,
- Del examen de antecedentes se establece que la resolución de fs
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 16 de marzo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
