POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs.306, pero con el fundamento del segundo considerando del presente Auto Supremo, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 298-299, con costas
- AUTO SUPREMO No. 099-Administrativo Sucre, 26 de abril de 2001
- PARTES: Edwin Bause Leigue Jefe Local de la Superintendencia Forestal del Beni c/ Max Galdo
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que en la vía sumaria, el Jefe de la Unidad Operativa de Bosque, Reforzada
- CONSIDERANDO: Que por mandato del art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 26 de abril de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
