CONSIDERANDO: Que el recurso de casación presentado por el LAB S
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación presentado por el LAB S.A. señala la errónea interpretación de los arts. 131 y 142 del Código Tributario e indebida aplicación de los arts. 119 y 121 del mismo código argumentando que el sujeto pasivo no está obligado a entregar fotocopias de documentación solicitada por la administración, a su costo, y que nunca se negó a colaborar en el proceso de fiscalización, poniendo a disposición los papeles exigidos. También invoca error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas aportadas, por lo que se solicita se case el auto de vista recurrido y se deje sin valor las resoluciones administrativas que imponen una multa de Bs. 500 por incumplimiento de deberes formales
- AUTO SUPREMO No. 117-C. Tributario Sucre, 18 de mayo de 2001
- S.A. c/ Administración Regional de Impuestos Internos Cochabamba
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso ante el Juzgado de Partido en materia Administrativa, Contencioso Fiscal
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación presentado por el LAB S
- CONSIDERANDO: Que del examen de antecedentes se establece que la administración mediante formularios de requerimiento
- En autos, resulta inatendible el argumento de la recurrente para negar el cumplimiento de la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 18 de mayo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
