Que en ejecución de sentencia, el Juez de la causa pronunció el auto de fecha
Que en ejecución de sentencia, el Juez de la causa pronunció el auto de fecha 22 de marzo de 2001 (fs. 26 fotocopia legalizada), rechazando el incidente de nulidad de notificación con la sentencia, fallo que en grado de apelación fue confirmado por el auto de vista de fecha 29 de mayo de 2001 (fs. 49-50 fotocopias legalizadas), el mismo que motivó la interposición del recurso de casación (fs. 58-61 fotocopias legalizadas) que fue denegado en aplicación de los arts. 518 y 262-3) del Código de Procedimiento Civil, mediante el auto de vista de fecha 12 de junio de 2001 (fs. 64), contra el que el recurrente planteó el recurso de compulsa previsto en los arts. 263 y 283 del mismo del mismo cuerpo de leyes
- AUTO SUPREMO No. 137-(Compulsa) Sucre, 02 de julio de 2001
- PARTES: Pierre Serge Galipón en representación de "HELIAMERICA S
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, se establece que en el proceso
- Que en ejecución de sentencia, el Juez de la causa pronunció el auto de fecha
- Por lo expuesto, se evidencia que el recurso de compulsa impugna el auto de vista
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 2 de julio de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
