CONSIDERANDO: Que el recurso de casación o nulidad interpuesto por la recurrente, omite en absoluto
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación o nulidad interpuesto por la recurrente, omite en absoluto el señalar la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, menos aún especificar en qué consiste la violación, falsedad o error contenido en el Auto de Vista recurrido, y se limita a consideraciones sobre la relación del proceso y enumera las pruebas presentadas, pero sin precisar ni elaborar sobre las infracciones incurridas por el Tribunal Ad quem, que no hacen a la naturaleza del recurso planteado
- AUTO SUPREMO No. 154-Social Sucre, 23 de julio de 2001
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que, planteada la demanda social de fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación o nulidad interpuesto por la recurrente, omite en absoluto
- El incumplimiento de éstos requisitos exigidos por el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 23 de julio de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara Sala Social y Administrativa Primera.
