CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación conforme a la doctrina y la jurisprudencia reiterada por
CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación conforme a la doctrina y la jurisprudencia reiterada por este Tribunal, es un medio impugnatorio que se asemeja a una demanda nueva de puro derecho, mediante el cual se restablece el imperio de la ley; por consiguiente es imprescindible cumplir el rigor técnico que rodea al mismo y, por ende, los sujetos procesales deben tener en cuenta la serie de requisitos legales exigidos por el art. 301 del Código de Procedimiento Penal, que forman en su conjunto un verdadero ritual, de modo que no es suficiente efectuar una relación de los hechos y hacer una cita de leyes incumplidas; sino que es obligación procesal de especificar los motivos en que funde su impugnación, con cita de la ley o leyes procesales cuya inobservancia se acuse, o de las leyes sustantivas cuya violación se invoque, por uno u otro motivo, indicando asimismo, en qué consiste el quebrantamiento de las unas y la violación de las otras, requisitos sin los cuales hacen inatendible el recurso
- CONSIDERANDO: Que, con una considerable demora, concluye la fase del plenario con la sentencia de
- Que, del fallo anterior, Raúl Bazán Alvarez a fs
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación conforme a la doctrina y la jurisprudencia reiterada por
- Que, en el sub-lite, el recurso interpuesto a fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
