CONSIDERANDO: Dentro del recurso de apelación de sentencia interpuesto en el proceso penal, que por
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: N° 31A/2002 18 de marzo de 2002 EXP.: N° 35/2002
PROCESO : Consulta de Excusa
DISTRITO : Cochabamba
PARTES: Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal EDGAR GOMEZ CABALLERO C/ CESAR OLIVER ARROYO ZURITA
RELATOR :
VISTOS EN SALA PLENA: La consulta efectuada por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, las fotocopias autenticadas del expediente, y
CONSIDERANDO: Dentro del recurso de apelación de sentencia interpuesto en el proceso penal, que por el delito de asesinato sigue Edgar Gómez Caballero contra César O. Arroyo Zurita, los Dres. Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en fecha 31 de diciembre de 2001, se excusan de conocer el recurso, aludiendo igual excusa de 18 de mayo de 2001 formulada dentro del mismo proceso en apelación incidental, al mediar la causal contenida en el Art. 3-9) de la Ley de Abreviación Procesal Civil, dejando sin efecto el sorteo de la causa
AUTO SUPREMO: N° 31A/2002 18 de marzo de 2002 EXP.: N° 35/2002
PROCESO : Consulta de Excusa
DISTRITO : Cochabamba
PARTES: Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal EDGAR GOMEZ CABALLERO C/ CESAR OLIVER ARROYO ZURITA
RELATOR :
VISTOS EN SALA PLENA: La consulta efectuada por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, las fotocopias autenticadas del expediente, y
CONSIDERANDO: Dentro del recurso de apelación de sentencia interpuesto en el proceso penal, que por el delito de asesinato sigue Edgar Gómez Caballero contra César O. Arroyo Zurita, los Dres. Gonzalo Peñaranda Taida y Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en fecha 31 de diciembre de 2001, se excusan de conocer el recurso, aludiendo igual excusa de 18 de mayo de 2001 formulada dentro del mismo proceso en apelación incidental, al mediar la causal contenida en el Art. 3-9) de la Ley de Abreviación Procesal Civil, dejando sin efecto el sorteo de la causa
- CONSIDERANDO: Dentro del recurso de apelación de sentencia interpuesto en el proceso penal, que por
- CONSIDERANDO: Que, remitidos los obrados a la Sala Penal Tercera, los Vocales que la integran,
- CONSIDERANDO: De la revisión de los obrados fotocopiados al servicio de la consulta, se tiene
- En cuanto a la excusa formulada por los Sres
- En efecto, cursa entre los antecedentes fotocopiados un recurso de habeas corpus interpuesto por Eulogio
- Que, al respecto, es de señalar que la causal invocada por los Sres
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- No interviene el Sr. Presidente Dr. Armando Villafuerte Claros por encontrarse en misión oficial
- Regístrese
- Secretario de Cámara de Sala Plena
