Auto Supremo AS/0140/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2002

Fecha: 16-Abr-2002

Que, la decisión del Tribunal de alzada al haber dispuesto la nulidad de obrados, por


Que, la decisión del Tribunal de alzada al haber dispuesto la nulidad de obrados, por considerar que faltaba en actuados la participación del Ministerio Público, denota una total falta de cuidado al revisar los obrados, causando perjuicio a las partes litigantes al no haber resuelto la alzada en el marco previsto por el art. 236 con relación al 227 ambos del Pdto. Civ., incurriendo de esta manera en la nulidad de oficio dispuesta por el art. 252 con relación al art. 90 del Adjetivo Civil