CONSIDERANDO: Que, Aníbal Villarroel Romero al pedir la revisión extraordinaria de sentencia ejecutoriada dictada contra
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 143 Sucre 11 de abril de 2002
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ponciano Romero Mamani, revisión de sentencia
VISTOS: El recurso extraordinario de revisión de sentencia, interpuesto a fs. 45-49 y ratificado a fs. 62, por Aníbal Villarroel Romero, como emergencia del fenecido proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ponciano Romero Mamani, por el delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 65; y
CONSIDERANDO: Que, Aníbal Villarroel Romero al pedir la revisión extraordinaria de sentencia ejecutoriada dictada contra su poderdante Ponciano Romero Mamani, funda su demanda en los incisos a) y b) de la parte 2) del art. 421 del Nuevo Código de Procedimiento
AUTO SUPREMO No 143 Sucre 11 de abril de 2002
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ponciano Romero Mamani, revisión de sentencia
VISTOS: El recurso extraordinario de revisión de sentencia, interpuesto a fs. 45-49 y ratificado a fs. 62, por Aníbal Villarroel Romero, como emergencia del fenecido proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ponciano Romero Mamani, por el delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 65; y
CONSIDERANDO: Que, Aníbal Villarroel Romero al pedir la revisión extraordinaria de sentencia ejecutoriada dictada contra su poderdante Ponciano Romero Mamani, funda su demanda en los incisos a) y b) de la parte 2) del art. 421 del Nuevo Código de Procedimiento
- CONSIDERANDO: Que, Aníbal Villarroel Romero al pedir la revisión extraordinaria de sentencia ejecutoriada dictada contra
- Ahora bien, de la lectura y análisis de la prueba presentada y de los fundamentos
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
