Regístrese y devuélvase actuados al Tribunal de alzada
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación del último párrafo del art. 417 con relación a la primera parte del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos.
Regístrese y devuélvase actuados al Tribunal de alzada
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación para ser
- Que, del análisis de los recursos interpuestos, se evidencia que el presupuesto legal contenido en
- Regístrese y devuélvase actuados al Tribunal de alzada
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
