POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento de fs. 597, declara IMPROCEDENTES los recursos deducidos en aplicación del art. 307 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal, sin costas por ser ambos recurrentes
