POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dispone
Por último, el Ministerio Público deberá tomarse en consideración las disposiciones de los Arts. 10° y 13° de la Ley N° 2411 de 2 de agosto de 2002, según corresponda.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dispone la DEVOLUCIÓN DE OBRADOS a la Fiscalía General de la República, para que se pronuncie sobre los puntos observados
- VISTOS EN SALA PLENA: El dictamen del Fiscal General de fs
- Asimismo, se advierte la mención del Decreto Ley 16390, complementario de los Arts
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dispone
- Es de voto disidente el Ministro Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Secretario de Cámara de Sala Plena
