CONSIDERANDO: Que, la demanda sobre desocupación y entrega del inmueble signado con el lote N°
VISTOS: El recurso de casación de fs. 200 a 201 deducido por Ángela Vaca Paz en contra del auto de vista de fs. 197 pronunciado en fecha 19 de junio de 2001 por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre desocupación y entrega de inmueble seguido por Martha Teresa Chávez Añez en contra de la recurrente, Ignacia Vaca Paz y Rosa Vaca, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: Que, la demanda sobre desocupación y entrega del inmueble signado con el lote N° 11 ubicado en la manzana N° 1, de la U.V. 41 de la ciudad de Santa Cruz, planteada ante la Juez 4° de Partido en lo Civil de dicha ciudad es legalmente tramitada y concluye con la sentencia de fs. 175 a 176 que declara probada la demanda ordenándose la entrega y desocupación del inmueble a su propietaria la actora Martha Teresa Chávez Añez e improbada la reconvencional
- AUTO SUPREMO N° 257 Sucre, 29 de agosto de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Desocupación y entrega de inmueble
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, la demanda sobre desocupación y entrega del inmueble signado con el lote N°
- Sentencia que apelada es confirmada mediante auto de vista de fs
- CONSIDERANDO: El recurso de casación en la forma o en el fondo es una demanda
- En el sub lite, la recurrente no ha cumplido con la previsión del art
- El recurso en la forma, acusa la violación del art
- Consiguientemente, no existe causa que motive la nulidad de obrados acusada, por lo que corresponde
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 29 de agosto de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
