POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo a los arts. 25, 26 de la Ley de Organización Judicial con relación a los arts. 417 y 418, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Fernando Mita Barrientos y dispone se remitan a todas la Salas Penales de las Cortes Superiores del país, fotocopias legalizadas del recurso de apelación restringida de fs. 106-107, Auto de Vista de fs. 123-124 vlta., y del presente Auto Admisorio
