Auto Supremo AS/0355/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2002

Fecha: 17-Sep-2002

Ahora bien, del análisis y fundamentos de la demanda de revisión de sentencia interpuesta por


Que, al entrar en vigencia plena el nuevo Código de Procedimiento Penal, desde el 31 de mayo de 2001, esta normativa legal, debe y tiene que ser aplicada a las demandas nuevas penales, como en el caso presente, por expresa disposición de la parte Sexta de las Disposiciones Finales del Código de Procedimiento Penal en actual vigencia, "que expresamente abroga el Código de Procedimiento Penal de 23 de agosto de 1972 con todas sus modificaciones y disposiciones".

Ahora bien, del análisis y fundamentos de la demanda de revisión de sentencia interpuesta por el Rogelio Isac Choque Gutiérrez, al margen de resaltar las bondades del nuevo Código de Procedimiento Penal, respecto a la vigencia de las garantías constitucionales, concluye invocando como base de su petición el art. 309 inciso 4) del antiguo Código de Procedimiento Penal de 1973, sin tomar en cuenta que se encuentra abrogado y mal puede ser aplicado; de manera que al no estar interpuesto el recurso de acuerdo al art. 421 del Código de Procedimiento Penal en actual vigencia, y no llenando los requisitos previstos por el art. 423 del mismo Código Adjetivo Penal, la misma deviene en inadmisible