Auto Supremo AS/0369/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0369/2002

Fecha: 30-Sep-2002

CONSIDERANDO: Que siendo la solicitud de revisión espúrea e incontinente, al confundir instituciones diametralmente diferentes


CONSIDERANDO: Que siendo la solicitud de revisión espúrea e incontinente, al confundir instituciones diametralmente diferentes en su contenido y finalidad como son la "Revisión de Sentencia condenatoria" y la "Libertad condicional", doctrinalmente concebida, la primera, con: "la finalidad de rescindir sentencias condenatorias firmes y clamorosamente injustas, por las causales contenidas en el Código Procesal Penal", y la segunda que consiste en: "La excarcelación de los condenados, clasificados en el último grado de cumplimiento de las dos terceras partes de la pena impuesta, hasta el tiempo total señalado en la sentencia, fuera del régimen de todo establecimiento penitenciario; libertad que ha deser acordada porel Juzgado de Ejecución Penal",corresponde al Supremo Tribunal declarar inadmisible la revisión aludida. Sin embargo al tenor del art. 427 del Código de Procedimiento Penal vigente, podrá interponer un nuevo recurso de revisión