bolivianos la multa, cuyo pago mandará hacer efectivo el tribunal compulsado
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara ILEGAL el recurso de compulsa, con costas y multa a la compulsante.
Se gradúa en la suma de doscientos bolivianos las costas y en cien
bolivianos la multa, cuyo pago mandará hacer efectivo el tribunal compulsado
- CONSIDERANDO: Que, tratándose de regulación de honorario profesional de abogado, la resolución que cuantifique el
- Que, asimismo, contra las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia, como ocurre en el sub
- En consecuencia, la negativa del tribunal ad quem resulta correcta y se ajusta plenamente a
- bolivianos la multa, cuyo pago mandará hacer efectivo el tribunal compulsado
- Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 28 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
