Que, asimismo, contra las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia, como ocurre en el sub
Que, asimismo, contra las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia, como ocurre en el sub lite, tampoco procede el recurso de casación, por expreso mandato del art. 518 del Cód. de Pdto. Civ., por cuya razón no se encuentran inmersas dentro de resoluciones recurribles que contiene el art. 255 del mismo, lo que permite al tribunal ad quem aplicar el art. 262 punto tercero del precitado adjetivo civil incorporado por la Ley No. 1760
- CONSIDERANDO: Que, tratándose de regulación de honorario profesional de abogado, la resolución que cuantifique el
- Que, asimismo, contra las resoluciones pronunciadas en ejecución de sentencia, como ocurre en el sub
- En consecuencia, la negativa del tribunal ad quem resulta correcta y se ajusta plenamente a
- bolivianos la multa, cuyo pago mandará hacer efectivo el tribunal compulsado
- Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 28 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
