CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la normativa procesal penal vigente, el recurso de casación para
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 513 Sucre 13 de octubre de 2003
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público c/ Juan Víctor Velarde Gallegos y otro,
tráfico de sustancias controladas
VISTOS: El recurso de casación de fs. 79-80 interpuesto por Rafael Villacorta Espinoza, Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de 14 de abril de 2003, cursante en los folios 73-74 dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan Víctor Velarde Gallegos, por el delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la normativa procesal penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe interponerse cumpliendo los presupuestos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
AUTO SUPREMO No 513 Sucre 13 de octubre de 2003
DISTRITO: La Paz
PARTES: Ministerio Público c/ Juan Víctor Velarde Gallegos y otro,
tráfico de sustancias controladas
VISTOS: El recurso de casación de fs. 79-80 interpuesto por Rafael Villacorta Espinoza, Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de 14 de abril de 2003, cursante en los folios 73-74 dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan Víctor Velarde Gallegos, por el delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la normativa procesal penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe interponerse cumpliendo los presupuestos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la normativa procesal penal vigente, el recurso de casación para
- Que, en caso de autos, se evidencia que el Fiscal Adjunto de Sustancias Controladas, no
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
- ucre, trece de octubre de dos mil tres
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