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POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Elías Félix Nina Paco
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- Que, en el caso de autos, Elías Félix Nina Paco, luego de ser notificado con
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- Devuélvase actuados al Tribunal de alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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