En el mismo sentido, se tiene la Sentencia Constitucional N° 969/2002-R de 13 de agosto
En el mismo sentido, se tiene la Sentencia Constitucional N° 969/2002-R de 13 de agosto de 2002, cuya ratio decidendi expresa que para el juzgamiento por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones de los funcionarios indicados en la atribución 6ª del art. 118 Constitucional, entre los que se encuentran los Vocales de Corte, es imprescindible el requerimiento del Fiscal General de la República en el que se les impute los delitos investigados
