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    Auto Supremo AS/0547/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0547/2003

    Fecha: 29-Oct-2003

    POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


    POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida en el art. 59-1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando el segundo parágrafo del art. 399 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso deducido a fs. 222- 223 de obrados
    • CONSIDERANDO: Que, la nueva normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige
    • De conformidad con el art
    • Que en el caso de autos, el recurso de casación deducido a fs
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
    • Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
    • 1

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