CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No. 576 Sucre 11 de noviembre de 2003
DISTRITO: Oruro
PARTES. Ministerio Público c/ Michael Hernaldo Velásquez Rodríguez
y otros, transporte de sustancias controladas
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 109-110, interpuesto por la Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de fs. 95-98 vlta., de fecha 27 de septiembre del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público contra Michael Hernaldo Velásquez Rodríguez y otros, por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto por el art. 55 de la Ley 1008; sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe ser interpuesto cumpliendo con los presupuestos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
AUTO SUPREMO No. 576 Sucre 11 de noviembre de 2003
DISTRITO: Oruro
PARTES. Ministerio Público c/ Michael Hernaldo Velásquez Rodríguez
y otros, transporte de sustancias controladas
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 109-110, interpuesto por la Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, impugnando el Auto de Vista de fs. 95-98 vlta., de fecha 27 de septiembre del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público contra Michael Hernaldo Velásquez Rodríguez y otros, por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto por el art. 55 de la Ley 1008; sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para ser admitido debe ser interpuesto cumpliendo con los presupuestos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para
- Que, en el sub-lite, se evidencia que el recurso de casación interpuesto por la Fiscal
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
