POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación interpuesto a fs. 109-111 vlta., en consecuencia dispone que por Secretaría de Cámara se ponga en conocimiento de todas las Sala Penales de las Cortes Distritales de Justicia fotocopias legalizadas de: sentencia de fs. 79-83, Auto de Vista de fs. 98 y vita. y el presente Auto Admisorio, para que se inhiban de dictar Autos de Vista en los que se debaten las mismas cuestiones de derecho, hasta que se haga conocer la resolución de los recursos de casación interpuestos
- Difamación, calumnias y otros
- CONSIDERANDO: Que, los arts
- Que, en el caso de autos, el recurso de casación interpuesto por Norah Dolores Vino
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
