CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento penal, exige para
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 178-184 interpuesto por Eduardo Wayar Cortez, impugnando el Auto de Vista cursante a fs. 139-140 de 29 de octubre del 2003, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la comisión del delito de uso de instrumento falsificado; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES: Ministerio Público c/ Eduardo Wayer Cortez
- Uso de instrumento falsificado
- CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento penal, exige para
- Que, en caso de autos se evidencia que el recurrente en la apelación restringida interpuesta,
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Sucre 11 de diciembre de 2003
