CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para
Lesión seguida de muerte y otros
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 187-188, interpuesto por Armando Condori Barrón, impugnando el Auto de Vista de 12 de noviembre del 2003, cursante en los folios 182-185, dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y los acusadores particulares, Eulalia Ballesteros Ibañez y Vicente Plaza Coca, contra Alfredo Duran Montalvo y el recurrente, por la comisión de los delitos de lesión seguida de muerte, homicidio y complicidad; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos previstos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- PARTES: Eulalia Ballesteros Ibáñez y otros c/ Alfredo Duran Montalvo y otro
- CONSIDERANDO: Que la normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para
- Que el art
- CONSIDERANDO: Que en el caso de autos, del examen de los actuados procesales se establece,
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.- Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
