CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 505-509 interpuesto por Mónica Levandro de Cutili, impugnando el Auto de Vista de fs. 490-491 de fecha 15 de septiembre de 2003, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la acusadora particular Jovita Callisaya de Morales contra la recurrente, por la comisión del delito de lesiones gravísimas, sus antecedentes, .y
CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la admisión del recurso de casación que el mismo además de cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, observe todos los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417del Código de Procedimiento Penal
- PARTES: Jovita Callisaya de Morales y otro c/ Mónica Levandro de Cutili
- Lesiones gravísimas
- CONSIDERANDO: La normativa penal vigente en el nuevo Código de Procedimiento Penal, exige para la
- Que el art
- CONSIDERANDO: Que en caso de autos, del examen de los actuados procesales se establece que
- POR TANTO: La Sala Pena! dé la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lie. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
