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    Auto Supremo AS/0031/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0031/2003

    Fecha: 09-Abr-2003

    CONSIDERANDO: Que, remitidos los obrados a la Sala Civil Primera, los Vocales que la integran


    CONSIDERANDO: Que, remitidos los obrados a la Sala Civil Primera, los Vocales que la integran aprehenden conocimiento de la causa y disponen elevar en consulta las excusas ante el Tribunal Supremo, por considerarlas ilegales
    • Gutiérrez Carreño, Vocales de la Sala Social y Administrativa de la R
    • CONSIDERANDO: Que, dentro del recurso de Amparo Constitucional, interpuesto por Fernando Velasco Pardo contra Jorge
    • CONSIDERANDO: Que, remitidos los obrados a la Sala Civil Primera, los Vocales que la integran
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados cursantes de fs
    • Que, las causales de excusa se encuentran contenidas en la Ley, no siendo motivo para
    • POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
    • No interviene el Presidente, Dr. Armando Villafuerte Claros, por encontrarse ausente por motivos de salud
    • Regístrese
    • Secretario de Cámara de Sala Plena

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