Que, en el sub-lite, Julio Alfred Cassab plantea el recurso de apelación restringida de fs
Que, en el sub-lite, Julio Alfred Cassab plantea el recurso de apelación restringida de fs. 684-689, sin cumplir con el mandato previsto por los citados arts. 416 y 417 de la Ley 1970, es decir, sin invocar el precedente contradictorio, y en el recurso de casación, no señala la contradicción a dilucidar en términos precisos. El precedente contradictorio es base y sustento legal para la admisión del recurso de casación, y su inobservancia priva su consideración, toda vez que no es posible establecer la contradicción entre la resolución impugnada y el precedente contradictorio contenido en algún fallo ejecutoriado pronunciado por las Salas Penales de las Cortes Superiores o Corte Suprema, en los términos del art. 416 del Código de Procedimiento Penal, para en su caso establecer la doctrina legal que corresponda; sin que sirva de justificativo el hecho de que la Ley sea reciente y no existan precedentes en todos los casos, sin embargo la ley es de cumplimiento obligatorio, desde su publicación como Ley de la República en la Gaceta Oficial de Bolivia
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para
- Que, en el sub-lite, Julio Alfred Cassab plantea el recurso de apelación restringida de fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- No intervienen los Ministros Dr
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- roveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
