Auto Supremo AS/0172/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0172/2003

Fecha: 01-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días y





VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Lorenzo Liaño Ortíz a fs. 254-256, impugnando el Auto de Vista de fecha 30 de enero de 2003 de fs. 249-250, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, en el proceso penal seguido a querella de Miriam Teresa Vargas Moreno contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de giro de cheque en descubierto; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el precedente que se acompaña y todo cuanto ver convino; y

CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días y llenados como se hallan los requisitos exigidos por el segundo y tercer periodo del art. 416º, segundo y tercer periodo del art. 417º y primera parte del art. 418º todos del Código de Procedimiento Penal, es decir referente al precedente contradictorio, que en el caso de autos tiene origen en la misma Sala Penal, es pertinente admitir el mismo para su consideración de fondo, cumplidas que sean las exigencias previstas en el segundo periodo del art. 418º de la Ley procesal Penal