Auto Supremo AS/0178/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0178/2003

Fecha: 29-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, se evidencia la impericia del tribunal ad


CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, se evidencia la impericia del tribunal ad quem que no obstante advertir que el recurso de casación había sido rechazado in límine por ellos, y que provocara el recurso de compulsa, una vez recibida la provisión compulsoria, omitió otorgarle el trámite reglado por el art. 259 del Adjetivo Civil, vale decir, correrlo en traslado para su contestación o no por parte de la empresa demandante. Actuar del tribunal de alzada que no honra el principio de debido proceso a que tienen derecho las partes. Que, luego de tramitado el recurso el tribunal de alzada recién debió elevar los obrados en cumplimiento de la provisión compulsoria