Que, en el sub-lite, el recurso de casación o nulidad de fs
Que, en el sub-lite, el recurso de casación o nulidad de fs. 642-643, interpuesto por Jhonny Iturri La Torre no cumple con los requisitos exigidos por la disposición legal antes citada; por cuanto no precisa que disposición legal fue violada, tampoco indica en que consiste el quebrantamiento e inobservancia de la ley procesal y la violación de la ley sustantiva, ni como debían ser aplicadas las mismas, es decir no se especifican los motivos de nulidad o casación; es más confunde el recurso de nulidad con el de casación, como si ambas fueran lo mismo; como se sabe las causales de nulidad están comprendidas en el art. 297 y los de casación en el art. 298 del Código de Procedimiento Penal; a lo que se agrega la impertinente cita del art. 228 del nuevo Código de Procedimiento Penal, que no es aplicable al presente caso, por mandato de la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 1970; de ahí que este recurso, deviene en improcedente
- sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que, el Juzgado de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Oruro, pronuncia
- CONSIDERANDO: Que, según dispone el art
- Que, en el sub-lite, el recurso de casación o nulidad de fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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