Que, el recurso interpuesto a fs
Que, el recurso interpuesto a fs. 529-535, no reúne las exigencias del citado art. 301 del Código Adjetivo Penal, porque sólo se concreta a efectuar una relación de los hechos, haciendo algunas citas legales; empero no señala con precisión la disposición legal que fue violada, ni la forma y manera en que debían ser aplicadas, es decir, que no se especifica los motivos de nulidad y casación de la ley o leyes procesales cuya inobservancia se impugna y tampoco fundamenta la violación o quebrantamiento de las mismas, concretándose a señalar que la nulidad y la casación se encuentra en los arts. 297 y 298 del Código de Procedimiento Penal, y pidiendo únicamente la condena del procesado al resarcimiento de los daños civiles; aspectos que hacen improcedente el recurso
- giro de cheque en descubierto
- CONSIDERANDO: Que, concluido el plenario de la causa, el Juez Cuarto de Partido en lo
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de nulidad o casación conforme a la doctrina y la jurisprudencia
- Que, el recurso interpuesto a fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
