Auto Supremo AS/0223/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2003

Fecha: 24-Abr-2003

No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a sus funciones de Ministro


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Antonio Acarapi Quispe. Se observa que el Juez que conozca el nuevo proceso, debe cumplir con lo establecido por el art. 413 del Código del Procedimiento Penal, al haber sido anulado totalmente la sentencia por la Corte de alzada.

No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a sus funciones de Ministro